El Congreso del Estado de Colima ha aprobado por unanimidad una reforma para tipificar el acecho como un delito en el Código Penal. Esta medida busca proteger la seguridad, libertad e intimidad de las personas.
A partir de ahora, se considera acecho cualquier acto reiterado de:
- Vigilancia
- Seguimiento
- Persecución
- Contacto constante contra la voluntad de una persona
El delito se comete cuando estas acciones, incluso por medios electrónicos, causan a la víctima temor, angustia o limitan su libertad.
Sanciones y agravantes
Quien cometa este delito enfrentará una pena de uno a tres años de prisión y una multa. Las sanciones se duplicarán si la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad o pertenece a un grupo vulnerable. Además, la pena se agravará si el delito se comete por razón de la orientación sexual o identidad de género de la víctima, si hay una relación de confianza o cercanía con el agresor, o si el acecho obliga a la víctima a cambiar su rutina o lugar de residencia.
Con esta reforma, el acecho también se incluye como una modalidad de violencia en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima, lo que refuerza el marco legal para su sanción.